por Gustavo Burgos
El régimen de reparación por violaciones a los derechos humanos en Chile es, en sí mismo, un síntoma de la derrota política del proyecto democratizador de la transición y de la consolidación del pacto de impunidad sobre el que aquella se construyó. Desde el inicio de la transición, los sucesivos gobiernos civiles optaron por un camino que privilegió la estabilidad institucional por sobre la justicia y la memoria, y la respuesta del Estado se materializó en la instauración de beneficios que, lejos de constituir una reparación integral, fueron diseñados para administrar el dolor en dosis mínimas, parciales y fragmentadas.
Las pensiones de reparación otorgadas a víctimas de prisión política y tortura, que rondan los 300 mil pesos, fueron reconocidas desde un comienzo por el propio Ricardo Lagos como “simbólicas”. Esa sinceridad descarnada revela el núcleo del problema: no se trataba de resarcir el daño ocasionado por la represión, sino de instalar una fórmula política que permitiera cerrar el tema sin cuestionar las bases materiales de la transición. El resultado ha sido un beneficio reducido, insuficiente, incapaz de cubrir siquiera las necesidades básicas de las víctimas, y que carga con el estigma de ser presentado como un privilegio por sectores de la derecha que continúan relativizando las violaciones a los derechos humanos.
A ello se agregan programas de salud de alcance restringido, como el PRAIS, cuya cobertura, en el mejor de los casos, ofrece atención médica y psicológica limitada, diseñada originalmente para familiares de ejecutados y desaparecidos. La masividad del daño, la complejidad de las secuelas físicas y psicosociales de la tortura, y la necesidad de acompañamiento intergeneracional sobrepasan con creces las capacidades de estos programas. Lo mismo ocurre con los beneficios educacionales o en materia de vivienda, que apenas arañan la superficie de un daño que supuso expulsiones laborales, destierro, exilio y ruptura de proyectos de vida enteros.
El sistema se ha perfeccionado en su precariedad: cuando las víctimas han intentado acceder a beneficios universales como la Pensión Garantizada Universal, se les ha cerrado la puerta con el argumento de que ya cuentan con una pensión reparatoria. Con ello se consuma una doble negación: por un lado, se impide el acceso a un derecho social que corresponde a toda persona mayor de 65 años en igualdad de condiciones; por otro, se refuerza la idea de que la reparación no es un derecho, sino un favor estatal que compite con los beneficios universales. La ley ha corregido parcialmente esta exclusión en los últimos años, pero bajo condiciones restrictivas, estableciendo que recién en 2025 quienes superen los 82 años podrán compatibilizar ambas pensiones, y solo de manera gradual para el resto. Condicionar la reparación a la edad, cuando las víctimas arrastran secuelas desde hace más de cuatro décadas, es un acto de crueldad institucional: se espera, literalmente, que la muerte vaya resolviendo el problema.
En este contexto, las acciones judiciales se han convertido en la única vía para intentar acceder a indemnizaciones dignas. Sin embargo, ese camino obliga a las víctimas a litigar contra el propio Estado, representado por un Consejo de Defensa que despliega la estrategia de la dilación, la prescripción y la negación de pruebas. Los tribunales han establecido con claridad que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, y que sus correlatos civiles —las indemnizaciones por daño moral— deben seguir la misma lógica. Pero el Estado insiste en la obstinación: mientras se condena penalmente a los perpetradores, se niega en paralelo la obligación de reparar económicamente a las víctimas. Y cuando se accede a una condena civil, los montos fijados resultan insultantes, equivalentes o incluso inferiores a los que se reconocen en un accidente común.
Este sistema no solo es insuficiente: es revictimizante. Al forzar a los sobrevivientes a revivir el horror en los tribunales, al reducir las indemnizaciones a cifras arbitrarias y humillantes, y al colocar trabas burocráticas al acceso a beneficios universales, el Estado perpetúa una política de violencia encubierta. Es como si la dictadura hubiera dejado una herencia institucionalizada: el dolor de la tortura se prolonga en el tiempo, transformado en papeles, expedientes, peritajes y audiencias. Esto ha conducido a un pavoroso estándar de penas de cinco años por desparecido o cuarenta millones por prisión y tortura. Esto es lo que que régimen nos presenta como la «justicia en la medida de lo posible».
Sin embargo, lo más elocuente no es la precariedad de las reparaciones, sino el silencio político que las rodea. En el proceso electoral en curso, ninguna de las fuerzas que disputan el gobierno ha levantado este tema como un eje de su programa. La izquierda institucionalizada, atrapada en su propia lógica de adaptación al régimen, ha renunciado a plantear este asunto como una cuestión de justicia democrática. La derecha, por su parte, se limita a relativizar y a acusar de “excesivos” los beneficios simbólicos. Lo que se silencia en la arena electoral es tan decisivo como lo que se dice: el régimen ha clausurado la discusión sobre la reparación, porque abrirla implicaría reconocer la continuidad de un pacto de impunidad que atraviesa toda la transición.
Ninguna fuerza política del régimen —y mucho menos el progresismo institucionalizado— han querido atacar el núcleo de esta cuestión: que a más de medio siglo del golpe, el Estado chileno sigue incumpliendo sus obligaciones más elementales de justicia hacia quienes enfrentaron la barbarie. Lo que se omite en este debate es tan significativo como lo que se proclama: la exclusión de la reparación de la agenda electoral no es casual, es estructural.
El régimen democrático burgués chileno se edifica sobre la desmemoria y sobre la continuidad de los pactos que aseguraron la transición. En esa medida, la democracia no se levanta sobre juicio y castigo a los genocidas , sino sobre la impunidad del régimen en su conjunto. Los beneficios existentes funcionan como coartada, como un mínimo gesto para contener la protesta y ocultar la magnitud del daño. El régimen indemnizatorio, un claro régimen de clase para legitimar la institucionalidad que perpetró el mayor genocidio de la historia en Chile, se nos presenta como una dádiva de misericordia desde el poder. Esto nos revela un problema de fondo, que esta cuestión no se dirimirá en nuestras Cortes adictas como son al poder ni como el resultado de procesos judiciales o iniciativas legales de reparación. Ya sabemos a dónde nos conduce este camino. La respuesta al problema de la justicia y de la reparación —como a todo problema social en una sociedad de capitalista y por tanto de clase— solo podrá articularse como reivindicación política colectiva. Será en las calles y en la lucha popular que este reclamo se transforme en una conquista social y por tanto se eleve a una categoría programática y de poder.
