El caso de Marcelo Esteban Barrios Andrade, joven estudiante de 21 años de edad, militante del FPMR, asesinado por un grupo de infantes de marina comandados por Sergio Chiffelle Kirby el 31 de agosto de 1989 en su casa en el Cerro Yungay del puerto de Valparaíso, es un caso emblemático para demostrar las distintas formas en que ha operado y sigue existiendo la impunidad en Chile ante graves violaciones de derechos humanos.
Esta brutal y cobarde acción de ejecución política constituyó uno de los últimos crímenes cometidos por la Dictadura Militar, bajo la forma de un falso enfrentamiento, y goza de impunidad casi absoluta hasta el día de hoy, transcurridos ya 37 años de los hechos.
En su momento el crimen fue investigado por la Justicia Militar, que por supuesto cerró la investigación sin determinar responsables. Lo mismo hizo después la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Mientras tanto, Chiffelle Kirby fue condecorado por la Armada por haber participado “al mando de una unidad de tarea, en un operativo de Seguridad Interior, planificando y conduciendo las acciones en excelente forma, demostrando iniciativa, capacidad profesional y presencia de ánimo, logrando cumplir con pleno éxito la tarea asignada”. Posteriormente se tituló de abogado, y ejerciendo como tal llegó a ser Procurador del Número de la Corte de Apelaciones de Santiago.
La versión oficial de este crimen de Estado lo justificó como una operación de captura de un grupo de terroristas, aunque incluso los funcionarios de la PDI que llegaron 45 minutos después al sitio del suceso luego declararon que fue “un hecho completamente desproporcionado, por cuanto el personal de la Armada estaba completamente equipado con ropa de combate y armamento de guerra, y por su parte, junto al fallecido había un arma de fuego pequeña, calibre 32, de bajo poder, e incluso (se) ignora si esta era de la víctima o simplemente fue puesta en el lugar por terceros, por lo que estima que jamás hubo un enfrentamiento”.
La falsedad fue exitosa en un inicio, de forma tal que influyó en que pasara mucho tiempo hasta que Marcelo fuera reconocido como un ejecutado político.
Recién en el 2014 la causa fue reabierta. Hubo que esperar una década más para que el 31 de agosto del año 2023 se dictara sentencia condenatoria por homicidio calificado, condenando a Sergio Chiffelle, Luis Ceballos y Oscar Aspée a 10 años de cárcel, aumentada el 2024 por la Corte de Apelaciones a 15 años y un día en el caso de Chiffelle. La condena recién quedó firme tras la sentencia dictada por la Corte Suprema el 9 de septiembre del 2025, que a la vez que mantuvo la pena para Chiffelle, rebajó las de Ceballos y Aspée a 5 años cada uno, con lo cual resultaron en definitiva sustituidas por libertad vigilada intensiva.

En la sentencia dictada el 2023 por la ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, María Cruz Fierro Reyes, se establecieron estos hechos:
“Que, el día 31 de agosto de 1989, en horas de la tarde, un destacamento de Infantería de Marina de la Armada de Chile, realizó una acción de allanamiento al inmueble ubicado en pasaje Latorre, casa 7, Cerro Yungay, Valparaíso, en cumplimiento de una orden emanada del Comandante de la Guarnición Local de Valparaíso, dentro del contexto de una investigación en que fueron allanados varios domicilios de la región y detenida otras personas, operativo a raíz del cual resultó fallecido el ocupante de dicho lugar, Marcelo Esteban Barrios Andrade, quien fue objeto de numerosos impactos de balas efectuados por personal de infantería de Marina que realizaban la acción, resultando acribillado, y junto con ello hicieron detonar cargas explosivas en el domicilio, no existiendo relación entre la acción que fue desplegada en esa oportunidad, armamento utilizado y resultado del operativo, con una posible reacción del occiso, quien se habría defendido con una pistola, resultando muerto el mencionado Barrios Andrade, con causa de muerte “traumatismo esquelético y visceral por proyectiles”.
El mero paso del tiempo bastó para garantizar por siempre la impunidad de algunos de los perpetradores del crimen, pues cuatro integrantes de la patrulla asesina murieron antes de que se llegara a dictar sentencia. De los 3 autores que sobreviven, Luis Ceballos y Oscar Aspée fueron condenados a penas que la Corte Suprema rebajó para que se puedan cumplir en libertad. Cuando Sergio Chiffelle Kirby, jefe del operativo criminal, debía entrar a cumplir pena efectiva, para sorpresa de nadie, este “valiente soldado” decidió no presentarse ante la justicia, y se encuentra prófugo hace ya casi dos años.
En el caso de Marcelo Barrios es posible apreciar una diversidad de formas en que el sistema judicial busca asegurar la impunidad: justicia militar, sobreseimientos, rebajas de penas, concesión de penas alternativas a la cárcel, y finalmente la fuga.
En principio resulta difícil de creer que una persona como Chiffelle Kirby haya logrado evitar cumplir con su responsabilidad penal en la cárcel, puesto que el Estado de Chile con un masivo e implacable aparato policial, militar y judicial que opera con entusiasmo y rapidez contra la delincuencia común y la disidencia política. Pero en su caso es precisamente el conocimiento detallado del funcionamiento de los tribunales -desde 1996 y hasta que fue desvinculado recién el 2024 tras ser condenado en primera instancia- y los valiosos contactos desarrollados a lo largo del tiempo, lo que le ha permitido con toda probabilidad escapar descaradamente de la labor de la justicia.
En esto el caso de Marcelo es uno más en la larga historia de la impunidad de los perpetradores de la violencia estatal en Chile, que demuestra de manera paradigmática que la justicia, si es que llega, es tardía, en la medida de lo posible, y sin ninguna aplicación práctica.
Como se señala en el Conjunto de principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, adoptado por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en el 2005, impunidad es “la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, policíaca, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas”.
En el caso de Marcelo el Estado de Chile ha incurrida en casi todos los “factores de impunidad” que ha identificado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (sentencia del caso Vega González y otros vs. Chile, 2024): desproporcionalidad punitiva (por las bajas penas impuestas a dos de los condenados); impunidad biológica (varios perpetradores murieron antes de que se dictara sentencia condenatoria); vulneración de la tutela judicial efectiva (varias veces el caso se declaró cerrado sin responsables); afectación del deber de sanción (en este caso, nadie ha estado un solo día en la cárcel).
Por último, habría que llamar la atención sobre el evidente y manifiesto contraste entre la desidia y guante blanco con que opera la justicia chilena cuando los acusados visten uniforme, ya sea en 1973, 1989 o 2019, y por otro lado el terrible ensañamiento que aplican contra viejos compañeros de lucha de Marcelo, como es el caso de Mauricio Hernández Norambuena, encarcelado hace décadas en Brasil y en Chile y sobre quien se han aplicado regímenes de aislamiento solitario que en sí mismos constituyen tratos crueles, inhumanos y degradantes, o dicho en otros términos, se le castiga conscientemente mediante una forma de tortura permanente. Lo mismo ocurre si miramos el caso de Juan Aliste Vega, ex lautarista que lleva más de 16 años preso y que ahora enfrenta un cáncer avanzado, sin que se le den los beneficios que normalmente se conceden a los genocidas de Punta Peuco cuando alegan estar con enfermedades terminales.
Lo mismo ocurre con la persecución y encarcelamiento de los luchadores por Tierra autonomía y autodeterminación del pueblo mapuche, juicios políticos, llenos de vicios, montajes, y altísimas penas. Héctor Llaitul, su hijo Pelantaro Llaitul, por nombrar algunos de los más de 120 Presos Políticos Mapuche.
En Chile la impunidad por las violaciones de derechos humanos ha sido una política de Estado. En estos momentos en que gobierna la derecha conducida por sus sectores más pinochetistas se preparan nuevos avances en esta política, con nuevos estados de excepción constitucional, protección reforzada a policías y militares, encarcelamiento masivo de pobres y doble criminalización de la pobreza mediante la pérdida de beneficios sociales para los condenados por algunos delitos e “incivilidades” que jamás incluyen los delitos de los poderosos ni de su guardia armada.
Quienes hemos luchado por la memoria y por la justicia en el caso de Marcelo Barrios Andrade y tantos otros, no olvidamos, no perdonamos, y seguiremos luchando hasta el final en contra de toda forma de dominación y explotación.
