El derrumbe y los muertos de El Teniente: la deuda histórica con los subcontratados y por qué renacionalizar la gran minería del cobre

por Fernando López MacKenzie

La semana pasada, El Teniente —el yacimiento subterráneo de cobre más grande del planeta— volvió a poner a Chile en vilo: un derrumbe en el Proyecto Andesita cegó las vidas de Paulo Marín, Gonzalo Núñez, Carlos Arancibia, Jean Miranda, Alex Araya y Moisés Pavez quienes murieron en un derrumbe en el yacimiento subterráneo. Los cinco últimos estuvieron desaparecidos al interior de la mina.a casi 900 metros de profundidad. Las faenas subterráneas fueron suspendidas mientras continuaban operativos de rescate de alto riesgo. El gobierno señaló que “ellos aportaron al desarrollo de nuestra patria y esta bandera a media asta será un símbolo de la desolación ante su pérdida, pero también de unidad de un país que ante la tragedia se vuelve uno solo, como siempre ha sido”; se activaron protocolos de emergencia; se habló de un sismo previo de magnitud 4,2: pero ni la causa técnica ni la cadena de responsabilidades están cerradas. Lo que sí está claro: otra vez los que pusieron el cuerpo fueron los tercerizados.

Subcontratación masiva: el “milagro” de costos que pagan otros

En 2023 Codelco declaró 15.673 trabajadores directos y 55.961 contratistas. Sí, leyó bien: por cada trabajador de planta hay más de tres tercerizados realizando labores operativas, de servicios e inversión en las divisiones, incluida El Teniente. El propio reporte corporativo exhibe esa dependencia estructural de contratistas.

La Ley 20.123, vigente desde 2007, obliga a la empresa principal a “adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud” de todos quienes laboran en su obra —sean propios o subcontratados—, y establece responsabilidad solidaria y subsidiaria en el pago de obligaciones laborales y previsionales. Es decir: no hay vacío legalpara que la seguridad de los tercerizados sea “problema del contratista”.

A nivel internacional, décadas de evidencia apuntan a lo mismo: a mayor longitud de la cadena de subcontratación, mayores tasas de accidentes graves y mortales en industrias de alto riesgo —minería incluida—. Revisión comparada reciente documenta peores indicadores de seguridad entre contratistas respecto del personal del operador; la OIT y estudios sectoriales europeos han advertido el patrón.

El retrato es incómodo: la externalización abarata costos laborales y traslada riesgos operativos a cuadrillas con menos poder de negociación. Cuando algo sale mal, el obrero tercerizado queda en medio de una telaraña de mandantes, supervisores y pólizas. El Teniente 2025 no es excepción; es síntoma.

Memoria corta: de la nacionalización unánime a la reprivatización por la vía legal

El cobre fue declarado “el salario de Chile” el 11 de julio de 1971, cuando el Congreso aprobó por unanimidad la reforma constitucional que nacionalizó la gran minería del cobre. La Ley 17.450 y su texto en el Diario Oficial fijaron la toma de posesión y el cálculo de indemnizaciones. Fue un pacto de Estado.

La dictadura desandó ese camino vía institucional: la Ley Orgánica Constitucional 18.097 (1982) sobre concesiones mineras y el Código de Minería (1983) crearon el régimen de concesión plena —derecho real, transferible, hipotecable— que reabrió en grande la puerta al capital privado en yacimientos estratégicos, sin tocar la propiedad estatal en el papel pero habilitando la explotación privada de facto. Desde ahí se consolidó la “gran minería privada” que hoy domina la producción fuera de Codelco.

Ese marco es parte de la explicación de por qué, medio siglo después de la nacionalización, Chile exporta cobre con cadenas de valor capturadas fuera, mantiene brechas de seguridad entre dotaciones directas y tercerizadas, y tiene poco músculo público para ordenar la industria en clave de bienestar social.

Nacionalización del cobre: conquista obrera, no pacto de élites

El relato oficial insiste: el 11 de julio de 1971, el Congreso chileno aprobó por unanimidad la reforma constitucional que declaró la gran minería del cobre “propiedad del Estado”. Se presenta como un “pacto de Estado” ejemplar, un acto de consenso patriótico donde las diferencias se dejaron de lado en nombre del “salario de Chile”.

Pero esta versión edulcorada esconde la raíz real de aquel hito: la nacionalización no fue un gesto magnánimo de las élites parlamentarias, sino el resultado directo de décadas de movilización de la clase trabajadora minera y del conjunto del pueblo chileno, que empujó por la vía de la lucha a que el Congreso se plegara a una decisión ya tomada en la calle, en los campamentos y en las huelgas.

La presión de la base venía de lejos. Desde los años 30, las federaciones mineras habían colocado la nacionalización como bandera, ligándola a la independencia nacional frente a las “Siete Hermanas” del cobre —Anaconda, Kennecott y otras— que saqueaban el mineral y dejaban migajas. Durante los 60, las huelgas en Chuquicamata, El Teniente y Potrerillos mostraron una clase obrera cohesionada, capaz de paralizar la principal fuente de divisas del país y arrancar conquistas salariales, condiciones de trabajo y control sindical sobre la seguridad.

El auge de la lucha obrera en los años de la Unidad Popular fue decisivo. El poder político no se mueve por la iluminación de los dirigentes, sino cuando la correlación de fuerzas obliga a la clase dominante a ceder para preservar su orden. La unanimidad parlamentaria de 1971 fue, en este sentido, una capitulación preventiva de la burguesía criolla y el imperialismo frente a un movimiento que desbordaba los marcos institucionales.

No se trataba solo de un reclamo económico: la nacionalización sintetizaba un proyecto político de antiimperialismo obrero sobre los recursos estratégicos, algo que asustaba tanto a la burguesía nacional como al imperialismo. La misma derecha que levantó la mano aquel 11 de julio, lo hizo para intentar encuadrar el proceso en la legalidad y evitar que la expropiación se transformara en control obrero efectivo de la producción.

Política, no fatalidad

Por eso, recordar la historia real importa. Hoy, cuando se plantea renacionalizar la gran minería —como exige la tragedia reciente en El Teniente y la precarización estructural de la subcontratación—, no se puede caer en el mito del consenso. El cobre no se recupera con acuerdos de salón, sino con la movilización organizada de los trabajadores y el pueblo, del mismo modo que se conquistó en 1971.

El derrumbe en El Teniente no es “accidente natural” inevitable. Es el resultado de decisiones políticas que permitieron un modelo donde la tercerización masiva es la regla, el control público es parcial y la captura de renta es insuficiente. La muerte de los seis mineros de El Teniente es un resumen de las contradicciones de clase que atraviesan a nuestra sociedad. La respuesta no puede ser días oficiales de luto, más condolencias y otra mesa técnica.

Como nos lo enseña la clase trabajadora, y lo confirman todas las luchas obreras victoriosas, las grandes transformaciones no nacen del parlamento: llegan al parlamento porque antes se ganaron en la calle. Y esa es la única garantía de que la riqueza que yace bajo nuestros pies sirva a quienes la extraen, y no a los bolsillos de unos pocos.

Fuentes

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=29800 (Código de Minería)

https://es.wikipedia.org/wiki/Derrumbe_de_la_mina_El_Teniente_de_2025

https://www.elclarin.cl/2025/08/04/tragedia-en-el-teniente-trabajadores-exigen-renuncia-de-maximo-pacheco-y-cuestionan-modelo-de-subcontratacion

https://www.elciudadano.com/actualidad/subcontratacion-mortal-en-minera-y-salmoneras-tragedia-de-el-teniente-expone-precarizacion-laboral-en-la-gran-industria/08/03

https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/144723

https://twind.io/mx/ley-20123-regulacion-del-trabajo-en-chile-en-regimen-de-subcontratacion

https://www.ilo.org/global/topics/safety-and-health-at-work/lang–es/index.htm

https://en.wikipedia.org/wiki/El_Teniente

https://en.wikipedia.org/wiki/PT_Freeport_Indonesia

https://www.debswana.com/

https://www.equinor.com/

https://www.norges-bank.no/en/topics/nbim/the-fund/

https://www.diariooficial.interior.gob.cl/edicione… (Ley 17.450, 11 de julio de 1971)

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=29707 (Ley 18.097)