por Julián Alcayaga
El Pleno de la Convención Constitucional, con el voto y apoyo de los convencionales de derecha, la mayor parte de los convencionales del PS, del Frente Amplio e Independientes No Neutrales, ha rechazado el artículo que proponía la nacionalización de las empresas de la gran minería del cobre y del litio. En esta Nueva Constitución no existe el concepto reservar al Estado, y nacionalizar o nacionalización. Lo que fue aprobado, en lo que respecta a la minería, es inclusive un retroceso a la Reforma Constitucional de la Ley 16.615 de 1967 del Presidente Frei Montalva, que agregó el siguiente inciso al N° 10 del artículo 10 de la Constitución de 1925, que dice: “Cuando el interés de la comunidad nacional lo exijan, la ley podrá reservar al Estado el dominio exclusivo de recursos naturales, bienes de producción u otros, que declare de importancia preeminente para la vida económica, social o cultural del país”.